martes, 30 de agosto de 2011

LA PAZ ARMADA DEL TRATADO DE 1904


A continuación, compartimos con ustedes, un interesante artículo publicado en un periódico nacional; en síntesis, nos permite comprender que el tratado de 1904 es una gran falacia histórica llena de mentiras y engaños. ¡El litoral fue, es y será siempre de BOLIVIA!

(Publicado en "El Diario", el dia Jueves 25 de agosto de 2011) 
Sociedad Boliviana de Estudios Históricos
LA PAZ ARMADA DEL TRATADO DE 1904
I.-  Nadie ignora, en nuestros días, que Chile impuso a Bolivia, en Santiago, el llamado “Tratado de Paz y Amistad” de 20 de Octubre de 1904, coaccionando con el ultimátum de guerra de Abraham Koëning. Pero pocos saben que  según el Art. 1ro de este tratado se “restablecieron” las relaciones de paz y amistad rotas en 1884, lo que no es cierto por que la ruptura ocurrió con la invasión de Antofagasta en 1879.
El Tratado de 1904 da, dolosamente, por finalizada la guerra y, en consecuencia, terminado el “régimen” establecido en el Pacto de Tregua de 4 de abril de 1884, negando la existencia del periodo de invasión que comienza en 1879 y concluye en 1884.
Lo inadmisible entre nosotros es no saber, hasta ahora, lo mas importante de todo lo ocurrido con el tratado a tiempo de suscribirlo, y no estar conscientes de los alcances históricos, jurídicos y políticos que tuvo el tratado d 1904 y tiene para nuestro tiempo, por designios de Abraham Koëning, autor de lo que llamo burlescamente “Tratado de Paz, Amistad y Comercio”, que ahora solo es tratado de “Paz y Amistad”.
Para averiguar la verdad, investigando las andanzas conspirativas de Koëning en Bolivia durante 4 años de gestión, es necesario mirar profundamente en las entrañas envenenadas del tratado y esto, al parecer por la bibliografía existente, todavía no se hecho en Bolivia.
Para aproximarse mas a la realidad veamos, por un parte, la semántica castellana que da a las palabras la significación correcta de lo que es  “paz y amistad” y, por otra parte, cotejarla con la versión falaz de la diplomacia chilena, cuya interpretación de términos no es la misma del diccionario. Para detectar esta discrepancia es indispensable comparar el diccionario con el tratado redactado íntegramente por Chile. Así se sacara conclusiones gramaticales precisas y se vera las deformaciones ideológicas del tratado.
Todo tratado, par ser tal, debe ser resultado del libre consentimiento de las partes, de casusa lícita que lo justifique, y tener un objeto determinado como base, sin cuyos requisitos no tendría legalidad el convenio. Dar al tratado un objeto es un sustancial para determinar su existencia y validez, mucho mas tratándose de un ajuste de “paz y amistad”.
En este sentido, todo convenio de “paz y amistad” debe tener un objeto jurídico y político, sobre el cual se acuerde dichos términos, dándole alcances legales. El objeto jurídico, político e histórico del mencionado tratado es, por principio elemental, la paz y amistad. En ese tratado aprobado en Santiago  por Bolivia y Chile,  en 1904, las partes, paradójicamente, firmaron el ajuste sin estipulación de alguna clase,  sobre las cuestiones de “paz y amistad”. Lo más que hicieron las partes fue enunciar el “restablecimiento de relaciones”, aspecto importante de la concertación, pero no es la paz y amistad misma. Enunciar no es lo mismo que estipular sobre las cuestiones propias de paz y amistad. Ni en este ni en otro articulo del tratado, las partes instituyeron los conceptos fundamentales de “paz y amistad”, como su objeto infaltable.
Por el conocimiento del objeto del tratado se define la naturaleza jurídica del mismo. De otro modo, soslayando las partes firmantes el objeto del acuerdo, este es imperceptible.
Si el tratado de 1904, como se afirma es de “paz y amistad”, debe tener necesariamente, por objeto propio, esos valores para tener plena validez legal. No es difícil comprender que no puede existir un tratado de “paz y amistad”, si no hay acuerdo de ambas partes sobre ese objeto. No se de debe omitir en tal documento los elementos, los problemas y las cuestiones pertinentes propias de la “paz y la amistad”, ya que quedaría sin objeto. No puede haber un tratado de esa naturaleza en el que nada se diga de la paz y la amistad enunciadas en el rotulo. Además nada habría que decir de la “amistad”, siendo solo un término sin significación real, colocado de adorno literario para darle una apariencia engañosa.
En cuanto a la segunda parte del artículo citado, relativa a la terminación de la guerra con el restablecimiento de relaciones entre ambos países, el tratado cae en una falsedad histórica mayor. Se afirma que con la reanudación de relaciones entre los beligerantes termino la guerra y, por tanto, el régimen establecido con el Pacto de Tregua. Esta conclusión no es verdadera históricamente. La guerra comenzó con la invasión del 14 de febrero de 1879 y el pacto de tregua es del 4 de abril de 1884, cinco años después.
La tregua es una suspensión temporal de hostilidades de guerra, lo que quiere decir que la guerra se inicio 5 años antes de la “tregua”. Al incurrir en tan grande mentira, el tratado olvido 25 años de invasión. En esta parte del Art. 1o se oculto la verdad y se cometió una falsificación de la historia; se pretendió negar la invasión a Antofagasta como iniciación del conflicto bélico, que es un hecho imperdonable, que no se puede subsanar, por que es de connotación continental, difícil de olvidar. Esta mutilación de la historia, por si sola, invalida el Tratado; el llamado, por Chile; Pacto de Tregua, por otra parte, no ha existido realmente, como acontecimiento legal.
En la historia de la guerra no hubo suspensión de hostilidades real. La “tregua” solo fue una maniobra diplomática por la cual los territorios arrebatados por la invasión (que dio a Chile sólo posesión de hecho) fueron convertidos, con el Pacto de Tregua, en “territorios ocupados a Bolivia” (pretendiendo adquirir un status de derecho). De esa manera figuran, en el Tratado de Paz de 1904, como territorios ocupados, convertidos ilegalmente en territorios libres. Pasaron de “territorios ocupados” a territorios propios, del “dominio absoluto y perpetuo” de Chile, sin que para esta usurpación sucesiva y múltiple haya habido alguna transferencia de derechos de propiedad de Bolivia a favor de Chile.
Con esta manipulación política sucesiva, hecha mediante tratados múltiples, Chile quiso y quiere apropiarse del mar boliviano, que sigue siendo legalmente boliviano, olvidando que la invasión de 1879 es la fecha de origen de la usurpación. Pero nunca se convirtió la usurpación en titulo de propiedad, quedándose Chile, de este modo, con un mar que arrebato a Bolivia, en una guerra de conquista con intención de quedarse con territorio ajeno, definitivamente mediante la violencia y amenazas de guerra inminente.
Juan Albarracín Millán
Presidente de la SBEH
Emilio Luizaga Guzmán
Secretario General



Nota.- Las partes II y III de este articulo, se publicaron en las ediciones del 27 y 29 de agosto de 2011 (El Diario). Recomendamos revisarlas.


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